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El Suplemento cumple CATORCE años. Un largo recorrido divulgando jurisprudencia y creando doctrina
Citar: elDial.com - CC4C09
Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina
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El Suplemento cumple CATORCE años Un largo recorrido divulgando jurisprudencia y creando doctrina |
Por Flavio Lowenrosen |
El
Suplemento cumplió, el día 4 de este mes, catorce años
desde aquella primera edición, un viernes 4 de julio de
2003. Muchas
cosas pasaron desde ese momento hasta ahora, se sancionaron
leyes con el objeto de generar en teoría nuevos estándares
de protección a favor de los consumidores, se crearon
institutos destinados a la tutela de los consumidores, la
jurisprudencia fue avanzando en ciertos temas, pero aún los
derechos de los consumidores no son protegidos en su
integridad. Es
más, pasaron tantas cosas (desde esa primera Editorial en la
que hablábamos de ciudades futuristas) que ahora se está
debatiendo si los robots deben ser sujeto de derecho. Claro,
esa discusión relativa a si un tornillo tiene que tener
derechos no se suscita donde muchos no los pueden ejercer,
sino en otros remotos lares, quizás con un poco de sorna,
otro de malicia y un afán recaudatorio donde se pretenda
convertir a los robots en sujetos de derechos y
consecuentemente obligados a tributar[1]. Sin
perjuicio que en otros lugares se hable que los robots deben
ser sujetos de derecho (aunque en realidad no sabemos si los
individuos pueden gozar en su totalidad de los que
normativamente le han sido conferidos y los que por su carácter
de personas poseen), nosotros seguimos bregando por
concientizar sobre los derechos de los usuarios y
consumidores. Y
por ello, continuamos con este Suplemento, el cual se puede
hacer (y se hizo desde su primer número) con el esfuerzo de
todos nuestros colaboradores quienes aportaron ideas,
desarrollaron teorías, con esfuerzo y con tesón para que
este suplemento se pueda continuar publicando. Por ello
agradecemos a todos nuestros colaboradores, entre muchos
otros (y que nadie se ponga celoso pues son muchísimos), las
Dras. y Dres. Suarez, Schvartz, Tambussi, Shina, Dumais,
Olmo, Palma, Mac Donalds, Gatti, Paez, Borgna, Salgan Ruiz,
etc etc etc, quienes con su trabajo hicieron posible que este
Suplemento continúe publicándose desde
2003 a la fecha. También
agradezco a la Editorial y al grupo de trabajo (Romina
Lozano, Mariangeles Alocco, etc.) quienes en cada Suplemento
ponen el mejor esfuerzo para que el Suplemento se pueda
publicar. Pero
principalmente se agradece a nuestros lectores, quienes, con
su permanente fidelidad, su comunicación con nosotros y sus
ganas de leer, hacen ello posible Levanto
una copa de (¿agua? ¿gaseosa? ¿vino? ¿cerveza? ¿Champagne?)
y brindo con todos ustedes por un nuevo año del Suplemento
de Derecho del Consumidor y Regulación de los Servicios Públicos
[1] Se sostuvo que: “Crear una personalidad jurídica específica para los robots, de modo que al menos los robots autónomos más complejos puedan ser considerados personas electrónicas con derechos y obligaciones específicos, incluida la obligación de reparar los daños que puedan causar; la personalidad electrónica se aplicaría a los supuestos en que los robots puedan tomar decisiones autónomas inteligentes o interactuar con terceros de forma independiente.”. https://www.notariofranciscorosales.com/puede-robot-sujeto-derecho/
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