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mayo  19, 2024

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El Suplemento cumple CATORCE años. Un largo recorrido divulgando jurisprudencia y creando doctrina

Citar: elDial.com - CC4C09

Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

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El Suplemento cumple CATORCE años

Un largo recorrido divulgando jurisprudencia y creando doctrina

Por Flavio Lowenrosen

El Suplemento cumplió, el día 4 de este mes, catorce años desde aquella primera edición, un viernes 4 de julio de 2003.

 

Muchas cosas pasaron desde ese momento hasta ahora, se sancionaron leyes con el objeto de generar en teoría nuevos estándares de protección a favor de los consumidores, se crearon institutos destinados a la tutela de los consumidores, la jurisprudencia fue avanzando en ciertos temas, pero aún los derechos de los consumidores no son protegidos en su integridad.

 

Es más, pasaron tantas cosas (desde esa primera Editorial en la que hablábamos de ciudades futuristas) que ahora se está debatiendo si los robots deben ser sujeto de derecho.

 

Claro, esa discusión relativa a si un tornillo tiene que tener derechos no se suscita donde muchos no los pueden ejercer, sino en otros remotos lares, quizás con un poco de sorna, otro de malicia y un afán recaudatorio donde se pretenda convertir a los robots en sujetos de derechos y consecuentemente obligados a tributar[1].

 

Sin perjuicio que en otros lugares se hable que los robots deben ser sujetos de derecho (aunque en realidad no sabemos si los individuos pueden gozar en su totalidad de los que normativamente le han sido conferidos y los que por su carácter de personas poseen), nosotros seguimos bregando por concientizar sobre los derechos de los usuarios y consumidores.

 

Y por ello, continuamos con este Suplemento, el cual se puede hacer (y se hizo desde su primer número) con el esfuerzo de todos nuestros colaboradores quienes aportaron ideas, desarrollaron teorías, con esfuerzo y con tesón para que este suplemento se pueda continuar publicando. Por ello agradecemos a todos nuestros colaboradores, entre muchos otros (y que nadie se ponga celoso pues son muchísimos), las Dras. y Dres. Suarez, Schvartz, Tambussi, Shina, Dumais, Olmo, Palma, Mac Donalds, Gatti, Paez, Borgna, Salgan Ruiz, etc etc etc, quienes con su trabajo hicieron posible que este Suplemento continúe publicándose desde  2003 a la fecha.

 

También agradezco a la Editorial y al grupo de trabajo (Romina Lozano, Mariangeles Alocco, etc.) quienes en cada Suplemento ponen el mejor esfuerzo para que el Suplemento se pueda publicar.

 

Pero principalmente se agradece a nuestros lectores, quienes, con su permanente fidelidad, su comunicación con nosotros y sus ganas de leer, hacen ello posible

 

Levanto una copa de (¿agua? ¿gaseosa? ¿vino? ¿cerveza? ¿Champagne?) y brindo con todos ustedes por un nuevo año del Suplemento de Derecho del Consumidor y Regulación de los Servicios Públicos

 

 



[1]  Se sostuvo que: Crear una personalidad jurídica específica para los robots, de modo que al menos los robots autónomos más complejos puedan ser considerados personas electrónicas con derechos y obligaciones específicos, incluida la obligación de reparar los daños que puedan causar; la personalidad electrónica se aplicaría a los supuestos en que los robots puedan tomar decisiones autónomas inteligentes o interactuar con terceros de forma independiente.”. https://www.notariofranciscorosales.com/puede-robot-sujeto-derecho/

 

Citar: elDial.com - CC4C09

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